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Solicitud de traspaso de armas de fuego

Este servicio se efectúa en aquellos casos en los cuales dos ciudadanos por mutuo acuerdo deciden traspasar el arma de fuego del primero a nombre del nombre del segundo, donde el segundo asumirá todas las condiciones en que se encuentre el arma de fuego adquirir al momento de generar la solicitud.

Información de contacto

Dirección:Edi. Gubernamental Juan Pablo Duarte, Piso 11, Av México, Esq. Leopoldo Navarro, Gazcue, Distrito Nacional
Teléfono:809-686-6251, Ext: 3501/3502

Procedimientos a seguir

NO REQUISITOS/DOCUMENTOS ACLARACIONES/OBSERVACIONES
1 Una (1) foto 2×2 • Recientes de los últimos (6) meses, fondo blanco, sin sonreír, sin espejuelos, ni accesorios, sin prendas, ni parte del pelo que tape el rostro. (Adjuntar copia escaneada en el Formulario de Pre-Aprobación). Nota: Igualmente presentar las fotografías cuando presente el expediente físico al momento en que le llamen para entregarle su licencia
2 Fotos del Arma de Fuego • Adjuntar fotos de frente y de lado, en la que se muestre legible la serie y marca del arma de fuego. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
3 Fotocopia de Licencia • Copia de licencias del vendedor de ambos lados. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
NOTARIO PUBLICO
4 Acto de Venta Notarial • Si el traspaso se hace en virtud de una partición, se deberá depositar copia certificada de la sentencia que homologue o establezca la determinación de herederos y certificación de no apelación del tribunal que la haya emitido. Asimismo, deberá presentarse la copia visible del documento de identidad de los herederos y testigos. En caso de que los herederos estén fuera del país deben enviar un poder consular y legalizado por la cancillería, que les acredite para ser representados en el acto de venta. Nota: Este debe ser realizado luego de recibir autorización por el MIP y enviarlo a través del correo que se le enviara adjunto.
5 Declaración Jurada • Donde haga constar la justificación de la necesidad de portar el arma de fuego, y donde exprese tener conocimientos de la Ley 631-16 para el control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados; • Debe ser notariada y legalizada por la Procuraduría General de la República, anexando los documentos que la sustente. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
6 Cédula de Identidad y Electoral • Copia de ambos lados. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
7 Si es extranjero: Tarjeta de residencia permanente y copia de pasaporte • Copia de ambos lados de la tarjeta de residencia permanente; • Copia visible de la hoja de pasaporte donde figura la foto y datos del documento. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
CONSULADO DOMINICANO ACREDITADO EN EL PAIS DE PROCEDENCIA
8 Certificación de No Antecedentes Penales • Si residió durante los últimos cinco años en el extranjero, deberá presentar un certificado de “No Antecedentes Penales,” apostillado por el consulado dominicano acreditado en el país de procedencia; • Expedido dentro de los 30 días previos a la solicitud. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
CLINICA ACREDITADAD POR EL MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA
9 Prueba de Psiquiátrico/Psicólogo • Realizada por un (a) Psiquiátrico/Psicólogo (a) acreditado por el MIP, confirmando que está mentalmente en condiciones para el porte y tenencia de armas de fuego. Este deberá ser realizado en un plazo no mayor a 2 días calendario, luego de haber realizado la prueba Antidoping y Alcohol. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
LABORATORIO ACREDITADO POR EL MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA
10 Prueba Antidoping y Alcohol • Realizada por Laboratorio acreditado por el MIP (Facturación y pruebas deben ser realizados el mismo día). (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
11 Certificación de Idoneidad • Donde exprese el manejo del arma de fuego, expedido por un Polígono de Tiro acreditado por el MIP. (Adjuntar en el Formulario de Pre-Aprobación).
LABORATORIO BALÍSTICO Y BIOMÉTRICO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARMAS (LABBS)
12 Pruebas Balística y Biométrica • Armas largas (Escopetas y Rifles) no aplican; • Comprador y vendedor presentarse conjuntamente con el arma de fuego, al momento de realizar las pruebas en el LABBS.
PAGO EN LINEA/BANCO DE RESERVAS
13 Pagos de Impuestos para Tenencia y Porte de Armas • Realizado con posterioridad a la notificación de que el solicitante fue pre-aprobado. Si no se realiza el pago correspondiente, la licencia no será emitida. • La licencia del arma de fuego debe estar vigente para ser traspasada.
14 Certificación del Arma Emitida por la Intendencia del Material Bélico de las Fuerzas Armadas (en caso de ser requerida)

Información adicional

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Datos importantes

Horario:
L – V 8:30 am a 4:00 pm
Canal de Prestación:
Semi presencial
Tiempo de realización:
veinticinco (25) días laborables.
Costo:
Pruebas Balística y Biométrica (primera vez) – RD$4,620.00 Emisión de Licencia de Traspaso para Tenencia (Escopetas) – RD$4,720.00 Emisión de Licencia de Traspaso para Tenencia (Pistolas y Revólveres) – RD$11, 345.00 Emisión de Licencia de Traspaso para Porte – RD$805.00
Tiempo de respuesta:
veinticinco (25) días laborables.